El control post adoptivo internacional como función de los consulados peruanos, orientado al bienestar del menor adoptado
Fecha
2019Metadatos
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El presente trabajo de investigación tuvo como principal objetivo: Determinar cómo los
Consulados peruanos deben realizar un seguimiento post adoptivo internacional como
función en materia de Adopción Internacional; a fin de cooperar, participar y verificar el
bienestar del menor adoptado en el extranjero. Dicha investigación se realizó haciendo uso
del diseño cuantitativo, siendo de tipo experimental y de nivel explicativa. La población y
muestra estuvo conformada por 08 jueces y 50 abogados de la ciudad de Chiclayo.
Para la recolección de datos se procedió a utilizar como instrumento de la investigación, el
cuestionario, que fue aplicado a operadores jurídicos para lograr el desarrollo de dicho
estudio; con el cual se buscó la obtención de la validez y confiabilidad a través de la
aplicación del Coeficiente de KUDER-RICHARDSON (KR-20) obteniendo un valor de
0.834 encontrándose dentro de la categoría “Muy Alta”, lo cual nos indica que dicho
resultado es adecuado y confiable en la medición de cada ítem del instrumento.
Asimismo, los resultados de la investigación demuestran que el 63.79% de la población
menciona no conocer si se realiza un seguimiento post adoptivo internacional a través de
algún consulado peruano en el extranjero, lo que nos señala que ciertamente existe una
problemática en base a que se está poniendo en desprotección los derechos de los niños
adoptados en el exterior y, por ende, se debería tener en cuenta para evitar cualquier
problema y poder brindar una solución. De igual manera, un 98.2% opinan que, si es
necesario que los Consulados peruanos realicen un seguimiento post adoptivo internacional,
debido a que existen déficits y mal manejo de esta etapa y, sea necesario salvaguardar a los
menores adoptados peruanos por extranjeros.
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