Investigación preparatoria con el Nuevo Código Procesal Penal y la satisfacción del usuario de la Fiscalía Penal de Comas año, 2020
Fecha
2020Metadatos
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El presente trabajo de investigación, basado en la “Investigación Preparatoria con el Nuevo Código Procesal Penal y la Satisfacción del Usuario en las Fiscalías Penales de Comas, 2020”, tiene como objetivo principal determinar, la relación entre la investigación preparatoria del nuevo código procesal penal y la satisfacción del usuario en las fiscalías penales de comas año, 2020. Este nuevo mecanismo se refleja en una modernización de gestión pública en todas las entidades de las instituciones, aprobado en el decreto legislativo 957.
Con la descripción de validar cuyo objetivo de obtener un paradigma cuantitativo, método deductivo, tipo de estudio a nivel relacional, diseño de investigación descriptivo correlacional. Escenario de estudio realizado en el distrito fiscal de comas de Lima Norte, función dirigida a los Fiscales, Abogados, asistentes de función fiscal y operadores jurisdiccionales, muestra de expertos de tipo no probabilístico. La técnica para recopilar información por medio de cuestionarios, compilar y otros. Los instrumentos utilizados para recoger las ideas de nuestros encuestados mismo que será validado con la investigación propagada por cada uno de los entrevistados.
En consecuencia, un análisis de una gestión administrativa en una investigación en del nuevo código procesal penal, sirva aplicar de forma rápida y exista menor carga procesal en la satisfacción de los usuarios. Es así que el fiscal tendrá que recabar todo tipo de información que sindique al acusado de forma preliminar. En la etapa intermedia se presentará el fiscal ante el juez de investigación preparatoria para que pueda sustentar su teoría del proceso en un plazo de 48 horas aproximadamente. El juez evaluará posteriormente su decisión en 72 horas. En la siguiente etapa de Juzgamiento u oral se escuchará a las partes, tanto como el fiscal y la defensa técnica demostraran ante el juez todos los medios probatorios suficientes en su poder. En efecto, podrá emitir una sentencia condenatoria o no, siempre y cuando garanticen sus derechos constitucionales y el debido proceso.
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