Reconocimiento legal del incumplimiento de la obligación de sostener a la familia como causal de divorcio al producirse el decaimiento del vínculo matrimonial, Chiclayo-2018
Fecha
2020Metadatos
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La presente investigación se enfocó principalmente en la posibilidad de reconocer el
incumplimiento de la obligación de sostener a la familia como causal de divorcio
consecuencia del decaimiento del vínculo matrimonial sin tener que valerse de las
causales ya establecidas por el legislador en el Artículo. -333° del Código Civil, como
son: Imposibilidad de hacer vida en común, separación de hecho, entre otras. En este
sentido si alguno de los cónyuges incumple la obligación matrimonial de sostener a la
familia, a la cual hace referencia el Articulo.-191° del Código Civil peruano, podría
solicitar el divorcio, dado que nuestra causal se basa en la teoría del divorcio sanción
como en la teoría del divorcio remedio, esto es en el enfoque objetivo; para ello nuestra
investigación tiene un nivel descriptivo, basado en un método deductivo, con diseño
cuantitativo el cual se ayudara de las encuestas, como instrumento de recolección de
datos, aplicados a nuestra población (ciudadanos casados y especialistas en la materia:
“abogados”), durante el periodo 2018. Concluyéndose con la propuesta de
“Reconocimiento legal del incumplimiento de la obligación de sostener a la familia como
causal de divorcio al producirse el decaimiento del vínculo matrimonial, Chiclayo-2018”.
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