El embrión como resultado de la aplicación de las técnicas de reproducción asistida y su situación jurídica en la legislación peruana
Fecha
2013Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente trabajo de investigación titulado “EL EMBRIÓN COMO RESULTADO DE LA APLICACIÓN DE LAS TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA Y SU SITUACIÓN JURÍDICA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA”; se configura como un fenómeno social que requiere un profundo análisis, se ha plasmado como objetivo principal el determinar si el embrión resultado de las técnicas de reproducción asistida o artificial debe ser considerado sujeto de derecho en legislación peruana, por ende, se trata de investigar si legalmente el embrión constituye vida, pues no hay una postura absoluta al respecto. Se requiere identificar cual es la protección legal que otorga la legislación peruana cuando se afecta el derecho a la vida por la aplicación de las TRAS, reconociendo los vacíos existentes e identificando que existen normas que buscan regular sus alcances [Ley General de Salud Ley N° 26842], de este modo, lo que se intenta es propiciar la protección jurídica a los sujetos de derecho nacidos como consecuencia de las técnicas artificiales de reproducción.
Asimismo, el trabajo de investigación es de tipo cualitativo ya que se pretendió analizar cuál es el tratamiento jurídico que la legislación peruana otorga al embrión consecuencia de las Técnicas de Reproducción Asistida o Artificial, como un hecho social generado por la existencia de vacíos legales dentro de nuestro ordenamiento legal, se usó como objeto de estudio el uso del análisis doctrinal tanto nacional como extranjero para poder observar las distintas posturas que giran en torno a este tema el cual brinda información del objeto de estudio, además el tipo de estudio es descriptivo contiene un diseño de teoría fundamentada.
Finalmente, la controversia surge en determinar si legalmente el embrión consecuencia de las Técnicas de Reproducción Asistida constituye vida humana, cuando se reconoce legalmente que toda persona tiene derecho a recurrir al tratamiento de su infertilidad, se reconoce el derecho a una autodeterminación biológica, existe un vacío legal que no ha sido resuelto por el ordenamiento jurídico, el embrión consecuencia de las TRAS debe ser considerado vida humana y su estatus debe otorgar protección jurídica dentro de nuestro marco legal.
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