El pago indemnizatorio en el despido incausado vulnera el derecho a la seguridad social y al sistema pensionario
Fecha
2020Metadatos
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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo general determinar el Pago
Indemnizatorio en el Despido Incausado vulnera el Derecho a la Seguridad Social
y Sistema Pensionario; el tipo de investigación fue cualitativa, con diseño de
estudio no experimental, descriptivo transversal basada en la Teoría
fundamentada; la técnica utilizada fue la entrevista y la revisión documental, los
instrumentos son una Guía de entrevista que se aplicó a los participantes
especialistas en Derecho Laboral, y una ficha de recolección de datos que se
analizaron los expedientes judiciales. Los resultados fueron: que las
remuneraciones están siendo reconocidas por nuestro legislador sin que exista
prestación efectiva de labores, tal es el caso como los domingos, feriados, licencias,
entre otros; que vienen hacer supuestos de suspensión temporal imperfecta de
labores por el contrato de trabajo; y también es necesario la regulación legal del
despido incausado para que tenga una tutela restitutoria integral modificando el
articulo 34 DS.003-97-TR. La conclusión es que al despido incausado se le otorgué
las remuneraciones devengadas, los aportes dejadas de realizar al sistema
previsional, y se efectué los pagos al seguro social incurridos por enfermedades
durante todo el tiempo del cese hasta la reposición.
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- Trujillo [991]