Aplicación de la terminación anticipada en la etapa acusatoria: Propuesta Legislativa
Fecha
2019Metadatos
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En la presente investigación el objetivo general fue determinar si es aplicable la terminación
anticipada de proceso en la etapa intermedia, también conocida como acusatoria, teniendo
como base general que esta constituye una figura del derecho penal premial, el cual otorga
beneficios tanto al imputado como a los demás sujetos procesales; el estudio fue de tipo
básico, diseño cualitativo ya que se establecieron las relaciones teórico-doctrinarias del
objeto de investigación; descriptiva debido a que se expuso con fidelidad las características
más sobresalientes de la realidad materia de estudio. Teniendo en cuenta que la investigación
tiene un enfoque cualitativo y no cuantitativo, según Resolución N.° 0089-2019-UCV, no
contiene población ni muestra; además, se empleó como técnicas la observación y análisis
documental e instrumentos la entrevista, fichaje, guía de análisis documental. Concluyendo
que, al ser considerado un mecanismo alternativo de solución de conflictos, nos regala una
descarga procesal rápida, debiendo tomarse en cuenta esta salida como alternativa a efectos
de darle celeridad e impulso al proceso y así evitar demoras; de esta manera, la figura de la
Terminación Anticipada de proceso tiene cómo basamento establecido la economía procesal,
estableciéndose beneficios para todas las partes procesales y a partir de la aplicación en la
etapa intermedia, produciría que los investigados se encuentren mejor informados respecto
de los hechos imputados y plasmados en la acusación fiscal, verificando si se aplicaría dicho
criterio de oportunidad, pues sería un beneficio premial el obtener una reducción en la pena
a imponer, incluso el negociar la reparación civil, esto es un privilegio para el investigado,
ya que lo puede obtener por intermedio de la terminación anticipada, pero que no suele
aplicarse pues está regulada en la norma su aplicación durante la investigación preparatoria
y solo hasta antes de la acusación fiscal.
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