Incorporación del estado peruano como tercero civil en el delito de violación sexual en los juzgados penal unipersonal Moyobamba 2019
Fecha
2020Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La violación sexual hoy en día es uno de los problemas más grandes existentes a
nivel global, ya que todos los días se perpetua este delito en todo el mundo, en
muchas ocasiones hay lugares descampados de pertenencia del estado, que
favorecen al actor a que fácilmente realice la violación y dañe a su víctima, ante ello
la presente investigación tuvo de objetivo principal Determinar si debe de
incorporarse al Estado Peruano como Tercero Civil en un Proceso Penal llevado a
cabo en los Juzgados Penal Unipersonal de Moyobamba 2019 por omisión en los
Delitos de Violación Sexual cometido por una persona en lugares descuidados o
abandonados cuya titularidad y/o propiedad le pertenece al Estado, el enfoque
utilizado para el estudio fue el cualitativo, de teoría fundamentada, y de tipo
aplicada, ya que se realizó en base a revistas científicas relacionadas al tema,
metodología que permitió llegar a la conclusión que El Estado Peruano sí debe ser
incorporado al proceso penal como tercero civil, en los procesos llevados en los
Juzgados Penal Unipersonal de Moyobamba, ello siempre y cuando el delito de
violación sexual sea cometido dentro del ámbito urbano y el lugar descuidado o
abandonado sea de su titularidad.
Colecciones
- Moyobamba [201]