El Decreto Legislativo N°728 frente al mobbing en la relación laboral en Lima Norte 2018
Fecha
2019Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En la actualidad el mobbing o también conocido como acoso moral laboral está originando
en un inadecuado desarrollo de los trabajadores, ya que este fenómeno ataca directamente la
estabilidad laboral por generar problemas de salud psíquicos en la víctima, vulnerando así
sus derechos constitucionales como trabajador. Esta persecución o ataque, se da desde años
atrás, ocasionando distintos daños tanto psicológicos como económicos en el trabajador, sin
embargo, aún no es reconocido de forma total por el ámbito legal.
En nuestro país es regulado de forma tácita, tanto en nuestra Constitución Política del Perú
en su Artículo 1° y 2, que protege el derecho a la dignidad, derecho a la no discriminación,
que protege de una forma parcial al trabajador. Así mismo en la regulación laboral tenemos
el D. Leg. N° 728, en sus artículos 29° y 30°, referente al despido nulo por motivos de
discriminación, así como los actos de hostilidad equiparables al despido. Sin embargo, estos
preceptos no son suficientes para la protección contra el mobbing en la relación laboral
Por tales motivos, el objetivo principal de la presente investigación es demostrar que la
Legislación peruana no es eficaz frente al mobbing en la relación laboral. Así mismo, indicar
que nuestra legislación laboral tiene vacíos legales sobre el tema en investigación. Lo que se
busca es analizar una mejor protección y salvaguardar los derechos del trabajador, tomando
en cuenta también la regulación internacional y como esta se ha ido implementado en
distintos países del mundo por su relevancia.
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