Necesidad de incorporar el estado civil de conviviente en el RENIEC
Fecha
2021Metadatos
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En la actualidad la convivencia entre personas mayores de 12 años se ha
posicionado de manera considerable en nuestro país ya que ha ido en aumento de
un 12% en el año 1981 a un 26.71% en el año 2017; esto es una cifra bastante
considerable si lo ponemos en comparación a la disminución porcentual de las
personas que han unido sus vidas en matrimonio, de un 38.4% en el año 1981 a un
25.69% en el año 2017 según el último censo aplicado por el INEI.
Debido a ello, nos hemos propuesto determinar cuáles son los fundamentos que
justifican la incorporación de la convivencia como estado civil en el RENIEC,
planteándonos como objetivos analizar el marco legal peruano que establecen
derechos al conviviente, analizar casuística nacional en los que se hayan vulnerado
derechos patrimoniales al conviviente, determinar cómo se regula la convivencia en
legislación comparada además de si se incorpora en el documento de identidad
como estado civil; y finalmente, la formulación de una propuesta de incorporación
del estado civil de conviviente en el RENIEC.
Todo lo planteado, nos ha permitido obtener resultados que nos han permitido
reafirmar finalmente la hipótesis planteada.
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- Chimbote [433]