La inexistencia de daño en los delitos de peligro y la no correspondencia de fijar una reparación civil
Fecha
2021Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente tesis se titula “La inexistencia de daño en los delitos de peligro y la no
correspondencia de fijar una reparación civil”. La metodología utilizada es de tipo
correlacional, veremos si corresponde aplicar la reparación civil en este tipo de
delitos; El objetivo de estudio es aclarar a la luz de la jurisprudencia, la doctrina y
la debida interpretación normativa, que en los delitos de peligro, ante la inexistencia
de un daño concreto, no corresponde se fije una reparación civil, ello a la luz de la
lógica. Los resultados que se han obtenido dan cuenta que en efecto, en estos
actos ilícitos no se evidencia la existencia de un daño, consecuentemente no
corresponde la fijación de una reparación civil; Como conclusiones hemos arribado
a que los delitos de peligro no son susceptibles de reparación civil ya que los
mismos no dañan derechos subjetivos, su injusto se limita a la puesta en peligro de
bienes jurídicos colectivos o supraindividuales; siendo así que no generarían
consecuencias patrimoniales y no patrimoniales. En conclusión, En los delitos de
peligro sería imposible la reparación civil toda vez que la realización de su injusto
exige la realización
Colecciones
- Trujillo [991]