La fundabilidad de la excepción de improcedencia de acción en la etapa del Juicio Oral, Arequipa 2021
Fecha
2021Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación se realizó con el objetivo de determinar la procedencia de la
fundabilidad de la “excepción de improcedencia de acción” durante la etapa del Juicio
Oral; con este fin, se revisó la teoría y los pronunciamientos de la Corte Suprema,
vinculados al objeto de la investigación, asimismo, se recogió e interpreto las opiniones
de abogados especialistas en Derecho Procesal Penal, conocedores de la realidad
problemática que ha motivado la realización del presente trabajo.
Asimismo, el diseño aplicado para la ejecución del presente estudio fue el de la “teoría
fundamentada”, ya que a partir de la recolección, comparación y análisis de la teoría
existente, se buscó construir una teoría propia que permita localizar y resolver el
problema de fondo.
Finalmente, los resultados obtenidos permitieron corroborar que es improcedente que
la excepción de “improcedencia de acción”, sea declarada fundada en la etapa del
Juicio Oral, toda vez que para el planteamiento y evaluación de este mecanismo de
defensa no se puede examinar pruebas, lo cual es claramente incompatible con el
Juzgamiento, ya que este es un periodo sustancialmente probatorio.
Colecciones
- Callao [215]