Determinar la infracción del artículo 149° de la Constitución Política del Perú por parte de las Rondas Campesinas que administran justicia en el distrito de Lamas en el año 2014
Fecha
2015Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En el presente trabajo se presenta el rol que tienen las rondas campesinas en su
accionar, determinándose procedimientos que las autoridades campesinas
asumen con ciertos criterios que es propio a comparación de las decisiones de los
jueces de paz, pues no conoce el hecho de impartir derecho, pues no están
académicamente preparados es por eso que interpretan y aplican normas sin
ningún criterio de justicia, ya que ellos se dejan llevar por justicia culturalmente
razonable, pues en los procesos transgreden el artículo 149 de la Carta Magna
del Perú; infringiendo los derechos fundamentales consignados en el título I,
capítulo I de nuestra Constitución, y también aquellos que tengan los mismos
fines u orígenes que estos.
Como parte de una problemática que están presente en todas las comunidades,
donde la justicia es regida por sus habitantes, observamos de manera
preocupante la vulnerabilidad de los derechos fundamentales, es así que
enfocamos de manera deductiva el presente estudio, que luego nos inducirá a
respuestas que explicaran la problemática planteada.
Los resultados nos mostrarán específicamente lo que se pretende investigar de
acuerdo a las dimensiones planteadas dentro del marco referencial de las normas
legales y el accionar de las rondas campesinas infringiendo el artículo 149 de la
constitución política del Perú, ya que, en el distrito de Lamas, la ronda da validez
interpretativa de acuerdo a la información y conocimiento a partir de los hechos
suscitados y, a pesar de no tener una conocimiento jurídico, justifica el proceso de
las mismas. Se precisa que si cometen vulneración del artículo en mención por
parte de las Rondas Campesinas y la necesidad de intervención que debe tener el
Estado en administrar la Justicia y la libertad de las personas en el distrito de
Lamas.
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