Inaplicación de la asignación anticipada de oficio en los procesos alimentarios en los Juzgados de Paz Letrado-Tarapoto, 2020- 2021
Fecha
2021Metadatos
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La investigación se da a raíz de la inaplicación de la asignación anticipada de
oficio en los procesos alimentarios en los Juzgados de Paz Letrado. En el artículo
675 del código procesal civil, nos menciona que en los procesos sobre prestación
de alimentos procede la medida de asignación anticipada de alimentos cuando es
requerida por los ascendientes, por el cónyuge, por los hijos menores con
indubitable relación familiar, el juez deberá otorgar medida de asignación
anticipada, actuando de oficio, de no haber sido requerida dentro de los tres días
de notificada la resolución que admite a trámite la demanda. Busco analizar el por
qué los jueces omiten otorgar la Asignación Anticipada de Oficio, conforme
dispone el artículo 675 del código procesal civil, con la única finalidad de proteger
el derecho superior del menor, así de esta manera el niño pueda cubrir sus
necesidades básicas como alimentación, salud, vestimenta, educación y un techo
donde vivir. Por ello he tenido como interés investigar la institución de medida
cautelar temporal sobre el fondo de la asignación anticipada de oficio así también
como la revisión de expedientes. Guiadas por el método cualitativo, siendo como
tipo de investigación básica y como diseño teorías fundamentadas.
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