Fines de la pena en el delito de violación sexual de menores en el juzgado penal colegiado de Moyobamba 2020
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2021Metadatos
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Si la finalidad perseguida no es aplicada, la arbitrariedad es abundante. Al tratar los
Fines de la Pena en el Delito de Violación Sexual de Menores en el Juzgado Penal
Colegiado de Moyobamba 2020, nos referimos a una garantía Constitucional y
Humana del que gozamos las personas al ser pasibles de un Proceso Penal, toda
vez que lo que se ansía al ser condenado es la excarcelación (resocialización),
claro está una vez reeducado y rehabilitado el sujeto condenado, por lo que no es
aceptable, por lo contrario es aberrante ser limitado en nuestra limitad
perpetuamente, y esto sucede con la pena intemporal, llegamos a la conclusión de
que la misma es un absurdo jurídico, ya que si no se va a resocializar al sujeto, su
existencia misma es innecesaria; en esa línea de razonamientos, el objetivo de
estudio que afrontamos es el siguiente: Identificar cuáles son los criterios legales
que toman en cuenta como Fines de la Pena los Jueces del órgano Colegiado de
Moyobamba en sus sentencias sobre delitos de Violación Sexual de menores en
2020; el tipo de Investigación fue cualitativo de carácter aplicada y de práctica
empírica, con un diseño Interpretativo – Teoría Fundamentada, las mismas que nos
abrieron las puertas a efectos de concluir que existe consenso en torno a los
criterios legales que utilizan los jueces del órgano Colegiado Supraprovincial de
Moyobamba, para con los fines de la pena en el delito de acceso carnal sexual
sobre menores y como consecuencia existe vulneración a su dignidad como sujetos
de derechos al imponérseles la consecuencia jurídica intemporal, empero a la vez
discrepancia ya que se dicta consecuentemente cadena perpetua por estos delitos,
por tales consideraciones, nos encontramos convencidos de que Si la finalidad
perseguida no es aplicada, la arbitrariedad es abundante.
Colecciones
- Moyobamba [202]