La unión de hecho propio inscrito en el registro personal para su incorporación en el Art. 241 del Código Civil como Impedimento absoluto del matrimonio
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2022Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La referida investigación se enfocó en limitar consecuencias contrarias por la que
atraviesa la unión de hecho frente a la desigualdad determinante con el
matrimonio, poniendo en riesgo los derechos de las personas constituida en esta
ancestral y primigenia forma de constituir familia, para lo cual fijamos nuestro
objetivo, ¿cuál es la protección jurídica que el estado peruano brinda a las familias
nacidas de la unión de hecho propio frente al matrimonio con una tercera
persona?, acción generada por la situación deshonesta de una de las partes
unidad en hecho.
La legislación en mención a revestido de derechos antes inexistente a las
uniones de hecho, aun así existe la necesidad de una regulación más acorde, no
pretendemos menoscabar a la promoción constitucional del estado vertida sobre
el matrimonio, ya que esta unión despliega la visión futura de constituirse en
matrimonio, nuestra investigación de enfoque cualitativo de tipo básico de diseño
teoría fundamentada cuyos participantes fueron abogados con conocimiento en
materia penal y civil, con seis años de experiencia, cuya técnica aplicada ha sido
la entrevista como instrumento tuvo una base de nueve preguntas como guía de
entrevista, ante tal concluimos conveniente considerar a la unión de hecho como
impedimento absoluto del matrimonio.
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