Inadecuadas calificaciones del juez respecto de las denuncias de violación sexual en menores de edad, en el distrito judicial de Lima Norte, durante el periodo del año 2010-2011
Fecha
2012Metadatos
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La regulación normativa penal para la calificación de la denuncia y sus
requisitos delito lo establece el art. 77° del código de procedimientos penales de
1940, el código penal encuadra la tipificación del delito y las penas , así como el
art. 138 de la constitución política del Perú, habla de la función jurisdiccional, la
potestad de administrar justicia de acuerdo a la constitución y las leyes, en todo
proceso debe existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma
legal, los jueces optaran por la primera. Los jueces solo podrán abrir instrucción
siempre y cuando existan indicios suficientes que demuestren la presumible
responsabilidad del autor, debiendo asimismo analizar en función a la teoría del
delito, correspondiendo demostrar que las calificaciones que viene realizando el
juez, son incompatibles con la ley y el ordenamiento constitucional por vulnerar
los derechos fundamentales. En consecuencia, ha sido necesario realizar la
presente tesis bajo un estudio cualitativo y con la recolección de datos de manera
integral, obtenidos en el Distrito Judicial de Lima Norte, siendo descriptivo señala
conceptos, opiniones e informaciones proporcionadas por expertos del derecho
penal, con utilización de los consiguientes instrumentos; preguntas guía,
cuestionario de entrevistas, encuestas, matriz de operacionalización de variables,
de dimensiones e indicadores y Matriz de consistencia.
Lo cual nos ha permitido concluir que las calificaciones que se vienen
dando por el juez penal no son congruentes al seguir la interpretación de las
normas referidas al tema, además de no realizarse de forma adecuada, todo lo
cual viene generando la vulneración de derechos fundamentales, resultando
además indispensable que los jueces al calificar profundicen en la temática de
la teoría del delito, en base a tipicidad y antijuricidad, no induciendo en error en la
calificaciones del tipo penal.
Por lado debería haber otros mecanismos complementarios al momento de
realizar la calificación por los jueces para garantizar la defensa de los derechos
fundamentales.
Colecciones
- Lima Norte [3939]
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