Control jurisdiccional de la medida de reserva de identidad en el Código Procesal Penal Peruano
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2022Metadatos
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La finalidad de esta investigación, fue proponer al poder legislativo: el control
jurisdiccional de la medida de protección de reserva de identidad en el proceso
penal peruano, por parte del Magistrado de Investigación Preparatoria. Debido a
que, en la actualidad la concesión de la medida de protección de reserva de
identidad – bajo los alcances del proceso penal, sólo se realizan a criterio
discrecional del Ministerio Público, sin existir de por medio un control (de
legalidad, constitucionalidad o convencionalidad) a dicho acto procesal.
La metodología utilizada fue descriptiva-explicativa, con ello describimos el
problema de la concesión de la medida de protección en el proceso penal
peruano, para darle una solución conforme a estándares de prueba de la sana
critica.
Los resultados de la presente investigación, servirán para modificatoria del
artículo 248° numeral 2 literal d) del Código Procesal Penal, donde solo se
establece que la medida de protección de reserva de identidad es a
discrecionalidad del Fiscal. Y esta fórmula en un estado de derecho
constitucional y convencional, necesita tener el control del Magistrado de
Investigación Preparatoria.
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- Huaraz [302]