Informes económicos en las negociaciones colectivas de los obreros, Ley 31188, y el debido proceso, Arequipa, 2021
Fecha
2022Metadatos
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La presente tesis, está referida a dilucidar un vacío legal respecto al plazo que
tiene la Dirección General de Gestión Fiscal de Recurso Humanos del Ministerio
de Economía y Finanzas (en adelante en el presente trabajo denominaremos
Comisión Especial), para la elaboración del Informe Final de Estado Situacional
de la Administración Financiera del Sector Publico (que en adelante en presente
trabajo de investigación denominaremos Informe Económico o informe
Económico Financiero) Informe Económico para así consecuentemente el
Tribunal Arbitral pueda emitir los respectivos Laudos Arbitrales, todo ello al
amparo de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, Ley 31188,
norma donde se ubica el vacío legal. Como objetivo general del presente trabajo
de investigación se tiene:
Para la elaboración de esta tesis, se utilizó el diseño de investigación de carácter
cualitativo, puesto que es: básico, teórico, descriptivo, correlacional, y teórico;
asimismo, se obtuvo como muestra de la población a varios especialistas en la
materia, tales como: árbitros laborales inscritos en el Registro Nacional de
Árbitros de Negociaciones Colectivas, abogados laboralistas, Secretarios de
Tribunales Arbitrales, profesionales a quienes realizamos encuestas y
cuestionarios como instrumentos de la investigación.
Donde se llegó a la conclusión que, dentro del cuerpo normativo de la Ley 31188,
no existe norma alguna que determine el plazo para la emisión del informe
Económico, teniendo en cuenta que el plazo máximo para la emisión del Laudo
Arbitral por el Tribunal Arbitral, es de 45 días hábiles.
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