El delito de omisión a la asistencia familiar y la protección hacia el desarrollo integral del menor Lima Este, 2021
Fecha
2022Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El delito de omisión a la asistencia familiar es un delito instantáneo con efecto
permanente, y que se consuma luego de vencido el plazo de requerimiento
judicial dictado bajo apercibimiento de denuncia penal por el delito indicado, su
regulación yace en el artículo 149 del Código Penal, lo cual establece una
sanción no mayor de tres de pena privativa de libertad. Por ello, es importante
recalcar la coyuntura de este delito, toda vez que está en riesgo el desarrollo
integral del menor al igual que el interés superior del niño, el cual es el principio
jurídico que permite la satisfacción de los derechos específicos del niño,
otorgándole efectividad y exigibilidad, permitiéndole alcanzar la edad adulta y
una vida sana. La metodología indica que se estableció un estudio básico puro,
un enfoque cuantitativo, un diseño correlacional no experimental, se aplicó la
técnica de la encuesta y el instrumento del cuestionario. Se concluyó que, el
derecho de alimentos está reconocido dentro del ámbito nacional, por ser un
derecho fundamental que debe ser garantizado, por lo que, ante incumplimiento
alguno, este se puede hacer valer mediate el sistema penal, siendo el artículo
149 del Código Penal, que refiere el delito del incumplimiento alimenticio.
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