Favorabilidad penal en la tipificación de desobediencia de medidas de protección emitida por violencia familiar Lima Este – 2021
Fecha
2022Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La investigación se ha centrado en el objetivo de analizar la aplicación del
principio de favorabilidad penal que realiza el Ministerio Público en la tipificación
de desobediencia de medidas de protección en el Distrito Fiscal de San Juan
de Lurigancho, debido al conflicto de leyes que se da entre los artículos 122° B
inciso 6 y 368° del Código Penal Peruano, las cuales tienen penas
distintas. Consideramos dos objetivos específicos, precisar las consecuencias
jurídicas de aplicar el concurso ideal de delitos frente a hechos de
desobediencia de medidas de protección e identificar las razones que llevan
al Ministerio Público para tipificar la vulneración de las medidas de protección
previsto en el artículo 368° del Código Penal Peruano. Se empleo el enfoque
cualitativo, de tipo básico, diseño de teoría fundamentada, también se empleó la
técnica de entrevista y análisis documental, sus instrumentos, la ficha de
investigación y guía de entrevista. Obteniéndose como resultados que el
Ministerio Público aplica la pena más grave contemplado en el artículo 368°
Código Penal Peruano, en detrimento de la libertad individual del sentenciado,
concluyendo que el principio de favorabilidad penal solo será aplicable si el
Ministerio Público tipifica la desobediencia de una medida de protección en el
122° B inciso 6 del Código Penal Peruano por tener la pena más favorable
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