Conflicto de aplicación normativa en la conducta de incumplimiento de medidas de protección por violencia familiar - Lima Norte 2021
Date
2023Metadata
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Desde la entrada en vigor del segundo párrafo del artículo 368° del Código
Penal, que incluye la modalidad incumplimiento de medidas de protección en
el tipo penal de resistencia o desobediencia de la autoridad, se generó el
conflicto normativo con respecto del tipo penal previsto en el numeral 6 del
artículo 122-B, esta situación de doble punibilidad genera sin lugar a dudas la
fragmentación de diversos derechos y garantías, uno de ellos y el más
importante el ne bis in idem. Al respecto, existen posiciones en la doctrina y
jurisprudencia que sostienen que no existe un conflicto normativo en dicha
situación, por cuanto es de aplicación un concurso ideal de delitos; empero,
desde hace ya algunos años la doctrina más especializada viene marcando la
necesaria aplicación del concurso aparente de normas ya que esta postura
resulta más ajustada al sistema teleológico penal y política criminal que hemos
adoptado como estado. De esta forma, es necesario analizar si en realidad se
presenta un conflicto normativo en dicha situación y determinar qué tipo penal
es el que debe ser aplicado, así como también determinar si es aplicable un
concurso ideal o un concurso aparente de normas.
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