La defensa penal pública en el marco del nuevo Código Procesal Penal
Fecha
2013Metadatos
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El Estado de Derecho supone la vigencia y satisfacción de los
derechos de rango constitucional, en esa perspectiva el presente
trabajo de investigación se asienta en la vigencia el nuevo código
procesal penal en algunos distritos judiciales de nuestro país y
aproximándose a su vigencia a nivel nacional, existen instituciones
jurídicas de vital importancia para el desarrollo del proceso penal que
se encuentran endebles, ello afectaría la tutela jurisdiccional efectiva, el
debido proceso y el acceso a la justicia.
Por ende la entidad que brinda el servicio de la defensa pública es
una institución que garantiza el derecho de defensa a las personas que
no cuenten con recursos económicos y en los demás casos que la Ley
lo regula proporcionando asistencia y asesoría técnico legal gratuita; el
derecho a la defensa es un derecho reconocido en el artículo 139º. 14
de la Constitución Política el cual señala el principio de no ser privado
del derecho a la defensa en ningún estado del proceso, porque ello
vulneraria el debido proceso. Así como también tiene derecho a
comunicarse personalmente con un defensor de su elección y a ser
asesorado por este desde que es citada o detenido por cualquier
autoridad. Por ende nadie puede cuestionar la naturaleza esencial y
fundamental del llamado “derecho de defensa” el mismo que existe
para garantizar la protección de la libertad o los intereses de las
personas inmersos en un proceso.
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