Derecho a la no revictimización y su implicancia en los casos de violencia psicológica contra las mujeres, Lima Este 2022
Fecha
2023Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente investigación ha determinado como objetivo general, analizar cuáles
son los estándares normativos para la adecuada emisión del informe psicológico
por parte del CEM frente a un caso de violencia contra la mujer, en el Distrito fiscal
de Lima Este, 2022.
La metodología desarrollada en la presente investigación fue el enfoque cualitativo,
sobre una investigación de tipo básica, con un diseño fenomenológico; asimismo,
se obtuvo como resultado que, la totalidad de los expertos mencionaron que, los
informes del CEM no cumplen con los parámetros desarrollados por la norma,
porque no especifica el tiempo que dura la entrevista; asimismo, no se encuentra
acorde a los parámetros médicos legales del instituto de medicina legal u ciencias
forenses del ministerio público, conforme el art. 26° de la ley 30364, puesto que se
omite información de duración de evaluación, antecedentes personales –
penitenciario y trabajo antecedentes patológicos, jurídicos, familiares, actitud
personal conforme lo establece la guía de evaluación psicológica forense.
Como conclusiones se obtuvo que, los análisis psicológicos brindados a las víctimas
y después los informes psicológicos del CEM, no cumplen con los requisitos de ley,
para obtener un estudio más idóneo, porque no siguen correctamente las directrices
que impone la normativa, para una redacción analítica correcta; asimismo, se pudo
detectar que los informes antes mencionados tienen un enfoque más clínico que
forense; por lo tanto, para el aparato fiscal no tiene mucha relevancia, por la razón
que, no tiene el enfoque jurídico más idóneo, con el objetivo de utilizarlo como
elemento de convicción relevante en contra del victimario, para un proceso de
violencia
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