La regulación de la publicidad sexista en el Perú y sus implicancias en la afectación del derecho a la dignidad de la mujer
Fecha
2014Metadatos
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Nadie se libra de la publicidad está en todos los sitios y en todos los formatos, pues en la
actualidad la actividad publicitaria es de suma importancia, ya que es la principal fuente
generadora de ingresos para los empresarios, siendo la herramienta más utilizada por estos para
vender a los receptores un determinado producto o servicio. Sin embargo muchas veces se
generan excesos en la utilización de esta herramienta, llegando a utilizar a la mujer como un
objeto, o como un producto de consumo, como es el clásico ejemplo de la publicidad de cervezas
en donde se muestra a modelos femeninas junto a bebidas alcohólicas, o aquellos comerciales en
donde colocan a la mujer en un papel doméstico generando así la discriminación del sexo
femenino, atentándose de esta manera a la dignidad de la mujer, derecho reconocido en nuestra
Constitución Política del Perú en su artículo Io. La mencionada publicidad sexista no se encuentra
regulada en ninguna norma de nuestro ordenamiento jurídico por lo que se hace necesario incluir
en nuestra actual regulación un artículo que sancione el uso de este tipo de publicidad, por lo
tanto el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual como ente regulador de la publicidad en nuestro país debe tomar las medidas
necesarias para erradicar la denominada Publicidad Sexista, logrando así acabar con aquellos
anuncios publicitarios que colocan al género femenino en una situación de inferioridad y
dependencia, imponiéndole solo roles destinados al mantenimiento del hogar, excluyéndola de
una vida profesional exitosa y llena de logros.
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