La tenencia de un menor otorgada a un tercero con legítimo interés por el principio del interés superior del niño
Date
2015Metadata
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Mediante la investigación se logró demostrar que el otorgar la tenencia de un menor a un tercero
con legítimo interés con el cual tiene un vínculo afectivo resulta más favorable para proteger el
desarrollo emocional y social del menor. El tipo de estudio es descriptivo, con diseño no
experimental en el enfoque cualitativo en la cual se hace uso del método de investigación
argumentativo- interpretativo, asimismo, la población está constituida por especialistas de
derecho civil- familia del departamento de Lima, el método de determinación de la muestra es
intencional no probabilístico constituidos por, especialistas en el Derecho Civil-Familia. La técnica
de recolección de datos es una entrevista con preguntas abiertas, que permiten al entrevistado
poder brindar su opinión respecto al otorgamiento de la tenencia de un menor por los
magistrados a la actualidad.
Se concluye lo siguiente; que por el principio del interés superior del niño se puede considerar el
vínculo afectivo que se ha establecido entre el menor y el tercero con legítimo interés, que solicite
su tenencia, siendo que lo que se busca es la protección del desarrollo emocional y social del
menor, por ello resulta necesario una modificación normativa, en el libro 111 título I capítulo 11 del
Código de Niños y Adolescentes vigente incorporando un segundo párrafo en el artículo 83 en el
cual se regule el otorgamiento de la tenencia de un menor a un tercero con legítimo interés.
Collections
- Lima Norte [3753]