La minería artesanal y la permanente infracción de la ley del sistema nacional de evaluación del impacto ambiental
Date
2010Metadata
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El Perú cuenta con un amplio marco legal en materia ambiental el cual tiene como uno
de sus principales exponentes a la Constitución Política de 1993, puesto literalmente en
su artículo 2, inciso 22, referido al derecho de las personas, dice textualmente lo
siguiente: “Toda persona tiene derecho....a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado
al desarrollo de la vida". Por otro lado, el artículo 7 reconoce como un derecho de la
persona el derecho a la salud, el que muchas veces se ve vulnerado por ilícitos
ambientales y se encuentra íntimamente relacionado con el derecho a un ambiente sano.
El objetivo de la actual legislación ambiental es asegurar que cualquier actividad de
aprovechamiento de los recursos que se encuentre dentro del ambiente, se realice en
condiciones que no originen impactos negativos sobre las poblaciones o ecosistemas y
que además se cumplen con los parámetros establecidos por las leyes creadas
especialmente en esta materia para su adecuada protección, ya que es necesario que no
se sobrepasen los límites establecidos para cada ámbito a legislar, puesto que todo ello
debe ir en cumplimiento de lanormatividad ambiental nacional, guías técnicas del sector
y demás disposiciones legales vigentes.
La Ley General del Ambiente, entre otras normas, establece la obligatoriedad de la
presentación de un instrumento de evaluación de impacto ambiental para todos los
proyectos de obra o actividad de carácter público o privado que puedan provocar daños
intolerables al medio ambiente, mas aun si de una verificación en el presente
encontramos casos relacionados con los problemas latentes que está ocasionando la
Minería Artesanal en nuestro país, puesto que como se conoce la misma se realiza en un
nivel de operatividad un tanto precaria, ya que aquí solo interviene la mano del hombre,
teniendo en cuenta que para estos efectos son los propios recursos naturales tales como
el agua los principales peijudicados, en tanto se tiene que se dan los muchos casos en los
que para separar los minerales de las impurezas se utilizan las aguas de los ríos causando
con ello un impacto ambiental severo sobre estas y dañando de este modo la salud de la
población en general.
Debido a este problema el Ministerio del Ambiente conocedor de la problemática que
aqueja a nuestro país en sector ambiente ha creado distintas instituciones y leyes para
aminorar este daño, teniendo como uno de sus principales a la Ley marco del Sistema
Nacional de Gestión Ambiental (Ley 28245), dentro de la cual se puede apreciar a
detalle los instrumentos de gestión ambiental, en la cual se puede encontrar como uno de
estos al Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental la misma que tenemos reflejada
dentro de nuestra legislación como la Ley 27446 la misma que pone a detalle los
procedimientos para realizar un adecuado estudio de los impactos que causan las
distintas actividades ambientales dentro de ellas la actividad minera al medio ambiente
con su actividad contaminante en peijuicio no solo del ambiente sino también de la
misma población que reside en los lugares donde se lleva a cabo el mencionado proceso.
El problema antes detallado se tiene además porque no existe una adecuada fiscalización
por parte de las autoridades competentes en este sector, puesto que también existe una
inadecuada repartición de funciones ya que no se sabe con exactitud cuáles son las
competencias de cada una de ellas no se encentrándose plenamente diferenciadas en la
ley y debido a ello las exigencias y el procedimiento a realizar en materia de Evaluación
de los impactos ambientales no son eficientes en la realidad ya que las normas existentes
no cumplen con sus objetivos principales que es velar por la seguridad de las personas y
aplicarse las sanciones a los que no cumplan con lo normado.
El presente trabajo, es de tipo jurídico dogmático y tiene como finalidad determinar si el
daño el criterio a utilizar para determinar cuáles son las causas de que se configura una
INFRACCIÓN DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DEL
IMPACTO AMBIENTAL. Las técnicas usadas fueron libros, páginas web recopilación
documental, lo que permite tener un soporte doctrinario jurisprudencial moderado sobre
el tema materia de investigación.
Asimismo, el proyecto de investigación tiene como objeto principal dar a conocer a los
estudiantes de Derecho y de otras escuelas profesionales la existencia e identificación de
los Factores que influyen en la Infracción a la Ley del Sistema Nacional de Evaluación
del Impacto Ambiental para que con ello los mismos conozcan cuales son los principales
problemas que se da en la aplicación de la Ley del Sistema de Estudio de Impacto
Ambiental dentro de la Minería Artesanal en nuestro país para que de allí busquemos las
posibles soluciones al problema, además de dar a conocer a los mineros artesanales
como hacer el uso efectivo de la Ley y como los mismos pueden dar el adecuado
cumplimiento a los parámetros establecidos por los legisladores de nuestro país.
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