Plazo de caducidad en la impugnación de la paternidad y el Principio de verdad biológica
Date
2011Metadata
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La presente tesis lleva por título el plazo de caducidad en la
impugnación de la paternidad, la mismas que se ha llevado a cabo
en una investigación integra que tiene por finalidad dar a conocer la
problemática actual en la sociedad y que viene siendo regulado por
el Código Civil en el art. 364° debiendo ser modificada, a fin que no
existan normas jurídicas que obstaculicen que el ser humano sea
tenido legalmente como hijo de quien biológicamente es padre.
El Código civil establece un plazo de caducidad de 90 días
para que el padre pueda interponer su impugnación de la paternidad
en vía judicial, el mismo que será contado al día siguiente del parto,
en el caso que estuviera presente, o después de su regreso si
estuviera ausente, sustentado en el matrimonio como realidad formal
haciendo surgir presunciones como el pater est y aquellas que
hacen viable su impugnación, antagónicamente a que la verdad
biológica pueda demostrar todo lo contrario.
Los problemas sociales van cambiando, no existiendo
actualmente distinción alguna entre la filiación matrimonial y
extramatrimonial, teniendo ambos los mismos derechos, es por tal
motivo que se busca una solución a la problemática a través de la
modificatoria al art. 364° del Código Civil, la misma que es
sustentada en base al principio de verdad biológica, teniendo a la
verdad formal frente a la verdad biológica.
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- Piura [869]