La tutela indirecta de los derechos fundamentales y el proceso Constitucional de cumplimiento
Date
2012Metadata
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En la presente investigación sobre la Tutela Indirecta de los
Derechos Fundamentales y el Proceso Constitucional de Cumplimiento,
si bien es cierto dicha figura constitucional se encuentra regulada por la
Constitución Política del Perú, como norma sustantiva, y en el Código
Procesal Constitucional como norma adjetiva, su objeto
infraconstitucional, ha llevado a que se susciten diversos problemas
ante el reconocimiento constitucional de dicho proceso, puesto que
parte de la doctrina nacional, lo ha considerado como un proceso
constitucionalizado, y ante esta acepción, se estaría desvirtuando la
defensa de las normas legales y los actos administrativos, los cuales
son de especifico objeto de protección. Es por ello, en dicha
investigación se cautela aquellos casos en que el mandato cuyo
cumplimiento se exige está directamente relacionado con uno o más
derechos fundamentales, como un medio de protección indirecta de
diversos derechos.
Considero de gran interés e importancia realizar un análisis sobre
protección indirecta de derechos fundamentales a través de dicho
proceso constitucional y sus incidencias en el derecho constitucional, es
por ello que en la investigación en particular, se vincularán principales
derechos como lo son, el derecho a la salud, a la paz, a la tranquilidad,
al disfrute del tiempo libre, al descanso, a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, a la participación
política y a la pensión. De esta forma, el carácter infraconstitucional de
su objeto protegido excluye que a través del cumplimiento se proteja
directamente derechos fundamentales.
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