La discapacidad mental grave en los mayores de edad como eximente de responsabilidad civil
Fecha
2023Metadatos
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El Decreto Legislativo N° 1384, en sintonía con lo establecido en la Convención sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, modificó artículos del Código Civil,
en relación a la atribución de Responsabilidad Civil de esta población, estableciendo
que cuando la persona con discapacidad, con o sin discernimiento, cometa un daño,
está obligado a repararlo. Situación que es cuestionable en los sujetos con
discapacidad mental en su nivel grave. Por ello, la presente tesis se orientó a
determinar si debe eximirse de responsabilidad civil a las personas mayores de edad
que padecen alguna discapacidad mental grave. La presente tesis tuvo como objetivo
general evaluar a la discapacidad mental grave como eximente de responsabilidad civil
derivada de los daños ocasionados a terceros y como objetivos específicos: primero,
analizar si las personas con discapacidad mental grave no poseen discernimiento y,
segundo, designar a la persona que responderá civilmente por los daños ocasionados
por las personas con discapacidad mental grave. Por tal razón, se formularon las
siguientes hipótesis: primero, la discapacidad mental grave debería ser un eximente
de responsabilidad civil, respecto de los daños ocasionados a terceros debido a que
no poseen discernimiento; y segundo, el curador respondería civilmente por los daños
ocasionados por las personas con discapacidad mental grave a terceros. Finalmente,
se empleó una investigación de tipo básica, descriptiva y de enfoque cualitativo, y se
utilizó la guía de entrevista para la recolección de datos. Se concluyó que la
discapacidad mental grave es eximente de responsabilidad civil.
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