Las fintech y el delito de fraude informático
Date
2023Metadata
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El avance tecnológico y crecimiento económico han traído consigo, nuevos
modelos de negocio e inversión para el Perú. En este sentido, tenemos modelos de
servicios financieros denominados “Fintech”. El nombre proviene de un neologismo
anglosajón, formado por palabras Technology (Tecnología) y Financial (Finanzas).
Las Fintech innovan en el mercado por sus dotes para facilitar las operaciones
financieras (ahorra, crédito, crowdfunding, entre otros), a través del empleo de la
tecnología. Sin embargo, a pesar que la Superintendencia de Banca, Seguro, y
Administradoras de Fondos Privados de Pensiones (SBS), tiene el rol de autorizar a
las empresas a operar en el mercado, actualmente no controla operatividad de las
fintech, es decir están operando en el mercado sin autorización previa, y al mismo
tiempo, no existe regulación legal adecuada que controle su funcionamiento, para que
sean sancionadas por eventuales infracciones y/o delitos cometidos en agravio de los
usuarios. Para ello, está el artículo 159 numeral 4 de la Constitución Política del Perú
que dispone que el Ministerio Público sea el directo de las investigaciones desde la
etapa policial; por tal razón, el fiscal especializado en investigación de delitos
informáticos tiene la obligación de cumplir los lineamientos establecidos por el Decreto
Legislativo N°052 y el Nuevo Código Procesal Penal para defender el principio de
legalidad de las personas, por tal razón, persiguen los delitos de fraude informático
cometidos por personas naturales o jurídicas.
Ello, implicaría la utilización de las fintech como vehículos para cometer
infracciones en perjuicio de los consumidores y/o delitos contra el patrimonio como
por el ejemplo, el delito de fraude informático en la modalidad de phishing. Por ende,
el objetivo general del presente trabajo de investigación de tipo básico con enfoque
cualitativo y diseño de teoría fundamentada, busca establecer la existencia de riesgos
de que las fintech sean empleadas como vehículos para perpetrar delitos de fraude
informático a través del uso del servicio financiero y tecnológicos. Asimismo, como
objetivos específicos tenemos los siguientes: (a) Determinar las limitaciones que
posee la Ley nro. 30096 de delitos informáticos con respecto al objetivo de sancionar
el delito de fraude informático cometido por las empresas fintech a través del uso de
su servicio financiero y tecnológico prestado por las fintech, (b) Examinar las políticas públicas para regular el uso del servicio financiero y tecnológico ofrecido por las
empresas fintech a terceros, y, (c) Analizar el derecho comparado con el objetivo
determinar la responsabilidad de las empresas fintech durante la comisión del delito
de fraude informático en agravio del consumidor.
La población y muestra en la presente tesis está conformado por cinco (5)
especialista en las siguientes profesiones; abogado colegiado, policía de
investigación, fiscal y un contador público colegiado que desempeña sus labores en
el Ministerio Públicos, de manera independiente o trabajan para el Ministerio de
Economía y Finanza en lima y provincia, con experiencia mayor 8 años en la rama
derecho procesal penal, derecho penal y ciencias contables, cuentan con cursos
especializado en ciberperitaje, maestría en fiscalización de fraude tributario y fraude
financiero para él sector corporativo, al mismo tiempo se realizara entrevistas
semiestructura con el objetivo de establecer la existencia de riesgos de que las fintech
sean empleadas como vehículos para perpetrar delitos de fraude informático a través
del uso del servicio financiero y tecnológicos.
A modo de conclusión, se considera la existencia de riesgos penales en la
instauración de las fintech debido los vacíos legales que posee la ley no. 30096 de
delitos informáticos, se debe actualizar la norma insertando las distintas modalidades
de fraude informáticos cometido por las fintech a través del uso de su servicio
financiero y tecnológico, de este modo permitirá al fiscal armar una sólida investigación
en contra de los administradores de las fintech denunciadas por fraude informático.
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