Delimitación de la reparación civil en la revocación de la conversión de la pena en los delitos de cohecho activo en el ejercicio de la función policial en el Distrito fiscal de Lima Norte, 2020
Fecha
2022Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Esta investigación tuvo por finalidad determinar de qué manera se puede tipificar la
reparación civil como supuesto de incumplimiento para revocar la conversión de la
pena en los delitos de cohecho activo en el ámbito de la función policial en el distrito
fiscal de Lima Norte, 2020, se debe tener en cuenta que, el artículo 488° del Código
Procesal Penal establece que, el Ministerio Público se encarga de controlar la
ejecución de las sanciones penales; por ende esta investigación desde el enfoque
cualitativo y a través del empleo de la técnica de la entrevista, pudo determinar los
objetivos y corroborar los supuestos tanto general como específicos que
permitieron concluir que en las sentencias convertidas a jornadas comunitarias, por
lo que, frente al desinterés de los sentenciados de cumplir con esta regla de
conducta y dada la normativa actual no resulta factible requerir la reparación civil
perjudicando al Estado como agraviado de estos delitos funcionariales; siendo
necesario la incorporación en el artículo 53° del Código Penal, la causal de
revocación de la conversión frente al incumplimiento de la reparación civil, a fin de
generar conciencia y resarcimiento efectivo del daño causado al Estado.
Colecciones
- Lima Este [1017]
El ítem tiene asociados los siguientes ficheros de licencia: