La Potestad Sancionadora del OEFA en el sector Hidrocarburo, en la ONG Idladsperú- 2016
Date
2017Metadata
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El presente estudio, describe como se ha venido percibiendo el ejercicio de la
potestad sancionadora del OEFA en el sector hidrocarburos en el año 2016, en el
espacio tiempo de vigencia de la ley 30230 que privilegia medidas preventivas y
correctivas, por encima de la sanción administrativa como la multa. Las
investigaciones previas indican que la sanción a través del ejercicio de la potestad
sancionadora sigue siendo la técnica disuasoria por excelencia contra la comisión
de infracciones ambientales, siendo la sanción más común la multa (Fernández,
2011). Las teorías en las que se enmarca la investigación es la potestad
sancionadora, medidas correctivas, medidas preventivas y sanciones
administrativas. El método empleado en la investigación es de tipo básica; diseño
no experimental, con corte transversal de orden descriptivo y alcance descriptivo.
La población que se utilizo estuvo conformada por 30 personas entre abogados y
consultores externos de la ONG Idlasperú, de tipo censal en vista que se conoce
el numero de individuos que conforman la población (Palella y Martins, 2006).En
cuanto a la recolección de datos, se aplicó la técnica de la encuesta y como
instrumento de medición de la única variable se empleo el cuestionario. Las
conclusiones a la que se llego es que el ejercicio de la potestad sancionadora del
OEFA se ha venido percibiendo de manera limitada producto de la vigencia de la
ley 30230; de igual forma se concluyo que el ejercicio de la facultad sancionador
del OEFA mediante la imposición de multas administrativas ayudan a prevenir
daños ambientales, tal como se había predicho en nuestra hipótesis.
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- Lima Este [1017]
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