Protección constitucional de las horas extras y su incidencia en el artículo 8.7° de la Ley del Presupuesto Público 2019
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2019Metadatos
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La presente investigación es titulada “Protección constitucional de las horas extras y su
incidencia en el artículo 8.7° de la Ley del Presupuesto Público 2019”, y ha tenido como fin
analizar los fundamentos jurídico normativo sobre la posibilidad de regular
constitucionalmente las horas trabajadas en sobretiempo, debido a que su omisión en la Carta
Magna ha dado lugar a su prohibición señalada en la Ley del Presupuesto Público que rige
cada año fiscal y como consecuencia inaplica el articulo noventa y ocho del Decreto
Supremo N°007-2010-PCM de la Normativa del Servicio Civil.
El tipo y diseño de investigación es descriptiva y no experimental. La población es un total
de 32 personas, entre ellos encontramos a jueces, especialistas y secretarios judiciales de los
Juzgado Laborales de Piura; asimismo, como instrumento para la recolección de datos se
aplicó una encuesta a los operadores del derecho.
De los resultados obtenidos, la mayoría de los encuestados considero importante en el Sector
Público la regulación de las horas extras, del mismo modo estaban de acuerdo en señalar que
la normativa en el Sector Público respecto al pago de las horas extras no era garantista y
estaban de acuerdo con la modificación del artículo 25° de la Constitución en el extremo de
incluir el pago de las horas extras.
Una de las conclusiones más importantes a la que se arribo es que los fundamentos jurídico
normativos que permiten la protección Constitucional de las horas extras, son la fuerza
normativa y vinculante de la Constitución, asimismo el Principio de irrenunciabilidad de
Derechos reconocido en la Carta Magna en el artículo veintiséis, inciso dos, y finalmente el
Principio de progresividad y no regresividad en materia laboral.
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