Unión de hecho propia como estado civil en el ordenamiento jurídico peruano
Date
2019Metadata
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El presente trabajo de investigación tiene como objetivo principal fundamentar si es
pertinente reconocer e incorporar la unión de hecho propia como estado civil dentro del
ordenamiento jurídico peruano, toda vez que hasta el momento existen vacíos legales con
respecto a esta forma de fundar familia, que son utilizados de mala fe por algunos
concubinos para disponer unilateralmente y sin consentimiento expreso los bienes que
forman parte del patrimonio de ambos convivientes, los cuales han sido construidos producto
de su convivencia, la misma que se encuentra reconocida e inscrita dentro del libro de
personas naturales de Registros Públicos.
Los participantes que forman parte de la presente investigación son la Dra. Rommy Stella
Hidalgo Flores asesora del Ministerio de la mujer y poblaciones vulnerables- Centro
Emergencia Mujer, el Dr. Usbert Peña Alvarez especialista en derecho civil y abogado senior
de Uspeal Coporation, el Dr. Tito Doroteo Sierra Contreras abogado especialista en derecho
de familia y derecho civil; finalmente, el Sr. Erick Del Águila concubino.
De acuerdo a las entrevistas realizadas a los expertos y conocido los resultados se ha
determinado que es pertinente el reconocimiento de unión de hecho como estado civil en
nuestro marco legal, ya que, genera seguridad jurídica al patrimonio de los concubinos,
protegiéndolos de posibles actos jurídicos realizados por uno de los concubinos sin
conocimiento ni autorización del otro; además, es una necesidad que afecta nuestra realidad
y que el Estado tiene el deber de proteger con sus leyes.
Collections
- Lima Este [1017]