Responsabilidad extracontractual derivada del SOAT, frente a las víctimas de accidentes de tránsito en la región Lambayeque
Fecha
2021Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La investigación surge en los accidentes de tránsito, que seguirá siendo un grave y
serio problema para la sociedad sin visos de solución; como una medida idónea y
pronta para otorgar debida protección a las víctimas. Desde el 1° julio del 2002
entro en vigencia de manera obligatoria que todo vehículo motorizado cuente con
un seguro SOAT o FORCAT regional, para aliviar el momento de sufrimiento y
necesidad que atraviesa la víctima del accidente de tránsito y/o sus familiares;
como un mecanismo de protección social mutualista, sin ánimo de lucro después
de un siniestro, constituida por principios de solidaridad y ayuda mutua
extracontractual para proteger la vida, salud e integridad de las víctimas.
Desnaturalizado con la incorporación del último párrafo del artículo 17° cuando el
vehículo participante no cuenta con el seguro, estar vencido, ser falso; las
aseguradoras están excluidas de coberturarlos como una manera disfrazada de
beneficiarse económicamente, confieren la responsabilidad al propietario, el
conductor y en su caso, el prestador del servicio de transporte, creando una
situación incierta.
El enfoque de la investigación es cuantitativo de tipo descriptivo y diseño de
investigación no experimental a un nivel hermenéutico; con el objetivo de evidenciar
el verdadero problema a corregir.
Colecciones
- Chiclayo [396]