La investigación suplementaria, dispuesta por el juez de la investigación preparatoria, vulnera el principio de imparcialidad judicial. Arequipa, 2021
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2021Metadatos
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El trabajo de investigación titulado “La Investigación Suplementaria, dispuesta
por el Juez de Investigación Preparatoria, vulnera el principio de Imparcialidad
Judicial. Arequipa 2021”, tuvo como objetivo general, determinar si la facultad
del Juez de Investigación Preparatoria, al disponer la realización de una
Investigación Suplementaria, contemplada en el art. 346° numeral 5 del Código
Procesal Penal, vulnera el principio de imparcialidad judicial.
El método de investigación utilizado, fue de enfoque cualitativo, de tipo de
investigación básica, con diseño hermenéutico, con un alto grado interpretativo,
fundado en la teoría fundamentada, participaron 08 especialistas entendidos en
el tema y se examinó un acta de audiencia de sobreseimiento, un auto de vista
y una casación, los instrumentos que se utilizaron fueron la guía de entrevista
y la guía de análisis documental.
Luego del análisis de las percepciones jurídicas de los especialistas, así como
del análisis de la guía documental, se llegó a la conclusión, La facultad del juez
de investigación preparatoria, de disponer la realización de una investigación
suplementaría, amparado en el art. 346° numeral 5 del NCPP, vulnera el
principio de imparcialidad judicial, atentando de manera flagrante el rol del
Ministerio Público, al contemplar que este realice diligencias de investigación,
sin considerar que las funciones entre el fiscal y el juez están bien definidas en
la norma constitucional y el Nuevo Código Procesal Penal, siendo el primero
titular del ejercicio público de la acción penal, quien tiene el monopolio de la
investigación y el segundo el de control del debido proceso, así como la cautela
de los derechos de los investigados.
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- Ate [692]