Despenalización del delito de deserción para quienes abandonan definitivamente el servicio militar acuartelado y no acuartelado en el Perú
Date
2021Metadata
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En la presente investigación abordamos la problemática de la deserción del servicio militar, se planteó como objetivo determinar si resulta adecuada la regulación prescrita en el último párrafo del Art.173° de la Constitución Política del Perú, que permite procesar por el delito de Deserción al personal que abandona definitivamente el servicio militar acuartelado y no acuartelado, consecuentemente, proponer la despenalización de este tipo penal mediante una reforma constitucional. La investigación se realizó con un diseño fenomenológico y de investigación-acción, de tipo básica y con un enfoque mixto; la información se recabó en un determinado espacio de tiempo, se utilizó como técnica de recolección de datos el análisis de expedientes y como instrumento de investigación cuadro de tablas de distribución de análisis. Como resultado se determinó que es inadecuado lo establecido en el último párrafo del artículo 173 de la Constitución Política del Perú y finalmente, se ha podido concluir que es viable la reforma constitucional suprimiendo el último párrafo de este artículo, lo que producirá beneficios para las Fuerzas Armadas, Fuero Militar Policial y para los que incurren en el delito de deserción.
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- Chimbote [407]