La oralidad y su implementación en el proceso de alimentos en Lima, 2020
Fecha
2021Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La implementación de la figura de la oralidad en el Código Procesal Civil de 1992
no estuvo acompañada de una capacitación adecuada a los legisladores y los
abogados litigantes de nuestro país, quienes estaban acostumbrados a los
excesivos formalismos de los actos procesales. Esto no fue ajeno al proceso de
alimentos, que por su naturaleza buscaba celeridad en las sentencias, sin
embargo, en la práctica jurídica el tema de la oralidad quedo plasmada solo en
el papel.
De este modo, la presente investigación tiene como objetivo determinar si en el
proceso de alimentos se aplica la oralidad, además, identificar si en el proceso
de alimentos se aplica la celeridad, y por último precisar si el proceso simplificado
y virtual de alimentos aporta al desarrollo de la oralidad. Asimismo, en la presente
investigación se ha utilizado un enfoque cualitativo de tipo básico para lo cual se
empleó el instrumento de la guía de entrevista a 6 abogados especialistas en el
derecho civil.
La conclusión a la que se ha llegado fue que la oralidad en los procesos de
alimentos no se ha venido aplicando realmente en la práctica jurídica, puesto
que al considerar la existencia de la audiencia se tenía tácitamente la misma, sin
embargo, la falta de capacitación de los jueces y en general, de los operadores
de justicia lo han convertido en un mero acto de trámite.
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