Análisis del Articulo 7 de la Ley General de Salud N° 26842 y la vulneración del derecho a la salud reproductiva
Date
2021Metadata
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Los grandes avances de la tecnología y las ciencias médicas han hecho posible
eventos antes inimaginables a nivel mundial, los cuales no son ajenos a nuestra
normativa nacional. Es así que, esta investigación tiene como objetivo general
determinar como el artículo 7 de la Ley General de Salud N° 26842 (1997) vulnera el
Derecho a la Salud Reproductiva.
Se desarrolló bajo los lineamientos metodológicos de tipo investigación básica, con
un enfoque cualitativo el cual aborda soluciones para resolver problemas sociales, el
diseño fue jurídico - descriptivo, cuya base abarca la teoría fundamentada. Además,
se aplicó como técnica la entrevista y el análisis documental, utilizando como
instrumentos de recolección de datos la guía de entrevista y la guía de análisis
documental.
Se llegó a la conclusión que el Articulo 7 de la Ley General de Salud N° 26842 (1997),
es una norma que vulnera el derecho a la salud reproductiva y otros derechos que se
desprenden de la misma, al establecer, condicionar y limitar su uso a las técnicas de
reproducción asistida que no cumplan con la condición exigida de madre gestante y
madre genética en una misma persona. Asimismo, se evidencio que dicho vacío o
deficiencia de la norma genera repercusiones tanto jurídicas como psicológicas en las
personas que sufren de infertilidad, esterilidad u otros factores que impidan procrear,
por lo que se debe modificar dicho artículo 7 y posteriormente ser integrada en una
norma especial que regule las técnicas de reproducción asistida.
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- Ate [711]