Daño moral a la persona jurídica por reposición laboral, Huaraz - Caraz 2020
Fecha
2021Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En la sociedad peruana, el común denominador es que en el plano moral, la
persona de carne y hueso es totalmente distinta a la persona jurídica, bajo la
premisa de que las personas jurídicas no tienen sentimientos.
Consecuentemente, en el ámbito laboral, ante un despido arbitrario es pan de
cada día tener por cierto que el trabajador sufre daño moral, optándose en la
mayoría de casos por la reposición del trabajador; esto sin importar que con
dicha reposición laboral (medida violenta), la empresa sufra un daño moral. Por
ello, es objeto de esta investigación, determinar de qué manera las personas
jurídicas pueden ser objeto de daño moral, y si la reposición de un trabajador
puede producir un daño moral en éstas, llegando a conclusiones que pueden dar
inicio hacia a una nueva mirada a la equidad de derechos entre las partes
contractuales de una relación laboral.
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