Modificatoria del artículo 486 del Código Civil Peruano en la extinción automática de la obligación de prestar alimentos en caso del fallecimiento del alimentado
Fecha
2021Metadatos
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En la presente investigación tiene como objetivo modificar el artículo 486 del
Ordenamiento Jurídico del Código Civil Peruano en la extinción automática de la
obligación de prestar alimentos en caso del fallecimiento del alimentado evitando
así la afectación del alimentante y retrasos en el proceso judicial los cuales
conllevan meses para extinción de la Obligación de prestar alimentos frente al
fallecimiento del alimentado. Su enfoque es mixto y un diseño de tipo no
experimental donde las variables no son manipuladas y se observan hechos tal y
como se presentan para ser analizados. Se utilizó como instrumento el cuestionario
el cual facilitará la recopilación de información necesaria que puedan contribuir con
el objetivo de la investigación. Se contó con dos poblaciones, la primera de 30
abogados especializados en derecho familia y la segunda con 12 jueces
especializados en familia, teniendo como resultado en las dos encuestas que, frente
al fallecimiento del alimentado, se otorgaría la extinción automática al alimentista
frente a la obligación de prestar alimentos por lo que guarda relación con la
hipótesis presentada.
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