El informe psicológico y su valoración probatoria por las fiscalías especializadas en violencia contra la mujer, Condevilla, 2021
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2023Metadatos
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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo, explicar si se otorga o
no valoración probatoria al informe psicológico emitido por el Centro de
Emergencia Mujer en la Fiscalía Especializada en Violencia contra la Mujer e
Integrantes del Grupo Familiar, Condevilla, 2021. Siendo así, la investigación es
de tipo básica, de enfoque cualitativo,método inductivo, analítico, argumentativo,
comparativo e histórico y diseño de teoría fundamentada. El escenario de estudio
estuvo constituido por las Fiscalías Especializadas en Delitos de Agresiones
contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condevilla. La muestra
estuvo conformada por once participantes, se aplicó la guía de entrevista, el
estudio de casos y el análisis documental. Los resultados revelaron que los
fiscales no otorgan valor probatorio a los informes psicológicos del CEM, por
considerar que los mismos carecen de objetividad, siendo predominantes para
resolver los casos de violencia psicológica, los protocolos de pericias
psicológicas elaborados por los peritos psicólogos del Ministerio Público. Se
concluyó como hecho más relevante que, los titulares de la acción penal no
toman en cuenta los informes psicológicos del CEM, archivando las denuncias
en aplicación del artículo 334.1 del Código Procesal Penal, dado que, estos
informes no cumplen con las técnicas, métodos o procedimientos previstos en la
Guía de Evaluación Psicológica Forense del Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses. Ello, pese a que el artículo 26° de la Ley 30364 prescribe
que dichos informes psicológicos si tienen valor probatorio del estado de salud
mental en los procesos por violencia familiar.
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