Reconocimiento del matrimonio religioso como una forma de unión de hecho en la legislación peruana, 2021
Fecha
2021Metadatos
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El trabajo de investigación tuvo como su objetivo principal el determinar la necesidad del
reconocimiento del matrimonio religioso como una forma de unión de hecho dentro del
artículo 326° del Código Civil vigente. La investigación fue realizada en la ciudad de Trujillo,
teniendo como un tipo de investigación básica con un diseño de teoría fundamentada. La
recolección de la información se realizó por medio de la técnica de la entrevista y la
recolección de información para lo cual se emplearon como herramientas tanto la guía de
entrevista y la guía de análisis de documentos, los cuales fueron validados por el juicio de
tres expertos en la materia y los mismos fueron aplicados a 6 abogados y 4 jueces. Los
resultados que se obtuvieron demostraron la necesidad del reconocimiento del matrimonio
religioso en base a la búsqueda de la protección de los derechos de los convivientes y de
la realidad social cambiante siendo el derecho una rama social que debe adaptarse a las
realidades actuales. Se concluyo que el reconocimiento del matrimonio religioso como una
forma de unión de hecho dentro del artículo 326° del Código Civil Vigente, nace con la
necesidad de adaptar el derecho a las realidades sociales actuales, más aún cuando hoy
en día se tiene el incremento de las parejas que optan por una convivencia antes que por
un matrimonio civil, y que por deseos morales y religiosos optan por sellar su unión con la
celebración de un matrimonio religioso
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- Trujillo [988]